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Promueven controversia contra la Cámara Baja
Busca Fox anular las órdenes y observaciones giradas a dependencias por permisos otorgados a la IP para generar energía. Le concede Corte una suspensión; quedan sin efecto los requerimientos

Carlos Avilés
El Universal.
Jueves 27 de mayo de 2004
Nación, página 2

El presidente Vicente Fox promovió una demanda de controversia constitucional en contra de la Cámara de Diputados para anular las observaciones y las órdenes que le giró la Auditoría Superior de la Federación a la Secretaría de Energía y a la Comisión Reguladora de Energía, con el fin de que corrijan
las más de 20 irregularidades que detectó en los permisos que se han otorgado a particulares para la generación de electricidad.

El ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), Juan Díaz Romero, admitió la demanda bajo el número 61/2004, y de entrada le concedió al presidente Vicente Fox una suspensión para que queden sin efecto los requerimientos que le hizo la Auditoría a las dos dependencias, hasta en tanto no se resuelva el fondo del juicio.

Como resultado de dos auditorías que realizó el órgano de fiscalización federal con motivo de la revisión de la Cuenta Pública del 2002, se detectó que la Secretaría de Energía y la Comisión Reguladora de Energía incurrieron en por lo menos cinco violaciones a la Constitución, al otorgar permisos para la generación de electricidad.

Con base en dichos resultados, la Auditoría Superior de la Federación (ASF) le ordenó, el 1 y 2 de abril pasado, a las dos dependencias del Ejecutivo que "procedieran a adoptar medidas para modificar la forma y condiciones, conforme a las cuales la Comisión Reguladora de Energía ha venido expidiendo permisos para la generación de energía".

Además de que requirió y apercibió al órgano de control interno de la Comisión Reguladora de Energía para que proceda a determinar las responsabilidades en que incurrieron los funcionarios que concedieron los permisos de manera irregular.

A través de los oficios OASF/763/04, OASF/692/04 y OASF/505/04, la Auditoría le concedió a las dos instituciones un plazo de 45 días hábiles para cumplir sus instrucciones "y, además, rendir informe sobre los actos que se realizaran bajo ese tenor, apercibidos de que, en caso de no hacerlo, se iniciarían los procedimientos de responsabilidad correspondientes".

La suspensión que le otorgó el ministro Juan Díaz Romero al presidente Vicente Fox le permitirá a las dependencias del Ejecutivo "no acatar las observaciones y recomendaciones" que les giró la Auditoría, con base en el Informe del Resultado de la Revisión y Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2002.



Los argumentos

El presidente Vicente Fox,
a petición de la Secretaría de Energía, decidió promover la demanda de controversia constitucional ante la Corte porque estimó que la Auditoría se atribuyó funciones que son exclusivas de los poderes Ejecutivo y Judicial.

Más que cuestionar el resultado de las auditorías que realizó el órgano de fiscalización, el secretario de Energía, Felipe Calderón Hinojosa, en representación del Presidente de la República, alega que la ASF fue más allá de lo que le permite la ley.

La demanda argumenta que las recomendaciones de la Auditoría, además de que son imperativas y coercitivas, pretenden interferir con decisiones de tipo administrativo que sólo le corresponde tomar al Poder Ejecutivo.

Las resoluciones de la Auditoría, alegan, "son verdaderas órdenes" para que se modifiquen actos y procedimientos que son competencia exclusiva de los órganos que integran a la Administración Pública Federal y que están fuera de la competencia de la entidad de fiscalización.

El Ejecutivo también destaca que la Auditoría Superior de la Federación asumió facultades que sólo tiene el Poder Judicial de la Federación, debido a que basa sus recomendaciones en interpretaciones que hizo de la Constitución.

La Auditoría emitió recomendaciones con el objeto de que se anulen actos de la Secretaría de Energía y de la Comisión Reguladora de Energía, porque estimó que contravinieron lo que establece la Constitución, y eso, asegura el Ejecutivo, sólo lo puede hacer el Poder Judicial de la Federación, en especial la Suprema Corte de Justicia de la Nación, que es la encargada de interpretar la Constitución.



Las violaciones

Las decisiones de la Auditoría básicamente se centran en destacar más de 20 irregularidades que, a su vez, giran en torno de cinco violaciones a la Constitución.

Uno de los principales puntos que esgrime el órgano de fiscalización es que algunos de los permisos para la generación de energía eléctrica son inconstitucionales, debido a que no se encuentran fundados y motivados en los términos del artículo 3, fracción V, de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo.

Otro es que son inconstitucionales los procedimientos para otorgar los permisos, porque no se requirió la información y documentación suficiente que establece la ley, o por haber concedido plazos adicionales a los expresamente establecidos en los reglamentos y en la normatividad aplicable.

Y uno más señala la inconstitucionalidad de los permisos "por contener cláusulas de prohibición que, por su contenido, permiten la venta y enajenación de energía eléctrica entre socios, en contravención de la Constitución y de la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica".

Lunes, 08 de Mayo de 2006 07:53:09 a.m.

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